Dic 12 2019

Indemnizarán a una mujer que se cayó por no señalizar labores de limpieza en la acera

La empresa concesionaria del servicio municipal de limpieza de la capital almeriense deberá indemnizar a una mujer que reclama 37.723,99 euros por los daños sufridos en una caída debida a la gran cantidad de agua y jabón que había en una acera, ya que no había señalizado sus trabajos.

 

El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha estimado en un dictamen el procedimiento de responsabilidad patrimonial tramitado por el Ayuntamiento de Almería a instancia de la perjudicada, ya que «el daño se atribuye a la limpieza viaria del acerado de la vía pública, contratado por la administración con una empresa».

 

El accidente se produjo el 31 de octubre del 2017 y la reclamación se interpuso el 29 de diciembre del 2017.

 

El CCA indica que en el supuesto sometido a consulta, la reclamante alega que la caída y por consiguiente el daño, fue «debida a la gran cantidad de agua y jabón existente en el acerado como consecuencia de las tareas de limpieza que se estaban llevando a cabo».

 

«De la prueba y documentación obrante en el expediente debe darse credibilidad a la dinámica secuencial de la versión de la reclamante», apostilla.

 

Aunque el CCA admite que los ciudadanos «han de emplear una cierta diligencia cuando se desenvuelvan por espacios públicos», subraya que la «clave» que resulta de la prueba testifical «es que la limpieza no estaba señalizada, lo que no ha sido contradicho por la concesionaria, que no ha realizado alegaciones en el trámite de audiencia».

 

«Aunque fuese evidente que tal limpieza se estaba llevando a cabo, el uso de sustancias que podían llevar consigo riesgo para los viandantes, sí debió llevar a delimitar o señalizar, al menos, la zona de limpieza. Eso es precisamente lo que determina en el presente caso la existencia de responsabilidad patrimonial», afirma.

 

En cuanto a la indemnización procedente, el CCA reitera que la reclamante solicita 37.723,99 euros, así como que esa es la cuantía que el Ayuntamiento postula como indemnización que ha de abonar la concesionaria, aunque advierte que el Gobierno local debe pronunciarse sobre si es o no adecuada, pues ha asumido la valoración de la mujer «sin juicio alguno, lo que no puede aceptarse».

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