La usura de las tarjetas ‘revolving’ estalla en los tribunales
Las condiciones de estas tarjetas de pago aplazado, llamadas revolving, empiezan a inundar los juzgados de toda España. Según un informe reciente de la consultora Oliver Wyman, los intereses abusivos van a ser el próximo quebradero de cabeza de la banca tras las cláusulas suelo o los gastos hipotecarios, con entre seis y ocho millones de personas potencialmente afectadas que podrían reclamar en el juzgado. Este tipo de tarjetas ofrece dos opciones: pagar a fin de mes lo comprado, como cualquier tarjeta de crédito, sin comisiones ni intereses; o usar un sistema de pago aplazado que se llama revolving y permite abonar “cómodamente” cuotas fijas cada mes. Es decir, funcionan como una línea de crédito con intereses altos.
El problema se presenta cuando esas cuotas no llegan a cubrir el principal y generan nuevos intereses que se acumulan. La deuda se convierte prácticamente en perpetua, salvo que tengas capacidad para quitarla a final de mes.
Los jueces y tribunales se están basando en la Ley de Represión de la Usura de 1908 y en una sentencia del Tribunal Supremo de 2015 que abrió la puerta a las reclamaciones, al fijar que es usurario un interés remuneratorio “notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado”. La sentencia del Supremo consideró usura un TAE del 24,6%, “que era más del doble del interés medio ordinario en operaciones de consumo de la época, entre 2001 y 2009”, explica José Carlos González Vázquez, profesor de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense. El contrato se consideró abusivo y, por tanto, nulo. El banco tuvo que devolver todos los intereses pagados.
La mayoría de audiencias provinciales está considerando usurarios los intereses habituales de las tarjetas revolving, que rondan el 25% de TAE, pero hay algunas (Murcia, Salamanca, Albacete) que están dando la razón a los bancos. En Madrid, por ejemplo, cada sección dice una cosa. La clave está en las estadísticas que publica el Banco de España. Antes de 2010 los datos de los intereses de préstamos al consumo se publicaban de manera unificada englobando los préstamos personales (con intereses más bajos) y los de las tarjetas revolving(más altos). Si se hacía la media, el 25% TAE era usura porque suponía más del doble.
Desde 2010 se publican por separado. “Las audiencias que desestiman que intereses de entre el 19,5% y el 26,8% sean usurarios no es porque desconozcan o contradigan la doctrina del Supremo sino porque consideran que el término de comparación para valorar si es notablemente superior al normal no debe ser los créditos al consumo en general sino los créditos revolving con tarjeta de crédito”, precisa González Vázquez. Ante esa diferencia de interpretación, el profesor de la Complutense cree que “podía ser útil y clarificador un segundo pronunciamiento del Tribunal Supremo”.
Las entidades bancarias consultadas rechazaron comentar el problema del revolving. Solo Wizink accedió a dar un dato: en el primer trimestre de 2019 ha recibido 599 demandas. En los tres años anteriores fueron 800. “Estamos a la espera de un nuevo pronunciamiento del Tribunal Supremo”, señaló un portavoz. Las reclamaciones por intereses abusivos representan «un porcentaje insignificante con respecto a nuestra cartera de clientes en España», añadió.
EL BANCO DE ESPAÑA PIDE A LAS ENTIDADES MEJOR INFORMACIÓN
Las tarjetas revolving también preocupan al Banco de España, que en su última Memoria de Reclamaciones, de 2018 y presentada hace unos días, destaca que son “muchos” los expedientes que se refieren a esta tipología de tarjetas “de lenta amortización” en las que los clientes pagan cuotas bajas cada mes que eternizan la devolución de la deuda. Este organismo no entra a valorar si los intereses son usurarios o no —eso corresponde a los tribunales, matiza el informe— pero sí hace recomendaciones a las entidades, a modo de buenas prácticas: informar a los clientes del plazo de amortización, darles ejemplos de escenarios sobre el posible ahorro que representaría aumentar el importe de la cuota, y facilitarles el importe de la cuota mensual que permitiría liquidar toda la deuda en el plazo de un año.
Las reclamaciones al Banco de España que más crecieron porcentualmente en 2018 respecto al año anterior fueron las relacionadas con préstamos personales (un 86,3%). El Banco de España considera que las tarjetas revolving son un tipo de crédito al consumo.
Fuente: www.elpais.com
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Copia del contrato de la tarjeta.
Recibos y cuadros de amortización periódicos.