Feb 20 2019

Las empresas también pueden reclamar sus Cláusulas Suelo.

Si tiene usted una empresa o un pequeño negocio, quítese una idea o un miedo de la cabeza: tiene derecho a recurrir la Cláusula Suelo de su hipoteca. No es un derecho sólo para Consumidores, usted, No Consumidor, también puede reclamarlo si puede demostrar que le pusieron la cláusula sin avisarle o sin redactarla de modo claro y entendible.

 

Así lo ha fijado el Tribunal Supremo en una de sus últimas sentencias donde reconoce la nulidad de la Cláusula Suelo impuesta a una empresa. Es una de las primeras sentencias en las que el Alto Tribunal declara la nulidad de esta cláusula a un No Consumidor.

 

¿Pero cúal es la diferencia entre un Consumidor y un No Consumidor? La diferencia más básica entre un Consumidor y un No Consumidor es que, éste último, solicita el préstamo con el objetivo de destinarlo a su profesión u oficio.

 

Por lo tanto, en la sentencia nº 57/2019, del 25 de enero de 2019 el Tribunal se reconoce la nulidad de una Cláusula Suelo impuesta a un matrimonio que pidió un préstamo para adquirir un local comercial para la instalación de un negocio de peluquería. Declara su nulidad basándose en que el cliente no pudo conocer la existencia de la cláusula en el momento de firmar el contrato de Préstamo Hipotecario, es decir, el banco incorporó la cláusula suelo al contrato sin dárselo a conocer al cliente.

 

Otra de las diferencias es que el propio Tribunal Supremo ha privado a los No Consumidores de la misma protección frente a las Cláusulas Suelo que tienen los Consumidores. Un No Consumidor no puede sufrir de falta de transparencia (comprensión) o de abusividad en la imposición de una Cláusula Suelo, pero sí puede habérsele incorporado al contrato de préstamo sin que haya tenido la oportunidad de conocerla previamente, en consecuencia, ésta puede ser considerada nula.

 

Y este es el motivo argumentado en la reciente sentencia del Tribunal Supremo para declarar la nulidad de una Cláusula Suelo impuesta a unos prestatarios adquirentes de un local para peluquería: no conocieron en el momento de firmar el PH que el Banco Popular les estaba incorporando una cláusula suelo en su contrato.

 

Poco a poco a los No Consumidores se les van reconociendo los derechos que desde un principio eran suyos. Mi más sincera enhorabuena a este No Consumidor que ha demostrado que se puede recurrir la Cláusula Suelo y ganarlo.

 

Fuente: Linkedin

 

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